LA IZQUIERDA DEL SIGLO XXI

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1 jun 2015

APUNTES ELECTORALES

Para que a una persona se le pueda permitir ejercer su voto en la casilla que le corresponde, por regla general, deben cumplirse dos condiciones:

1) Que tenga y presente su credencial de elector vigente y
2) Que aparezca en la lista nominal de electores de esa casilla

Obvio, también se le tendrá que revisar que no haya ya votado. Para esto se observará que no esté entintado su dedo pulgar derecho y que el área de su credencial destinada para el marcado del voto no haya sido utilizada.

Ahora bien, como excepciones o casos particulares de la regla general arriba enunciada, se pueden presentar los siguientes:

1) Lleva credencial de elector vigente, o no vigente, pero no aparece en la lista nominal. NO VOTA. Se reporta ello en la hoja de incidentes. Se anota su nombre en la LISTA DE PERSONAS QUE NO SE LES PERMITIÓ VOTAR POR NO APARECER EN LA LISTA NOMINAL DE ELECTORES.

2) No lleva credencial de elector vigente, o no vigente, pero sí aparece en la lista nominal. NO VOTA. Se reporta ello en la hoja de incidentes. Sólo se le permitiría votar si más adelante, durante el transcurso de la jornada electoral, presentara su credencial de elector vigente y ésta coincidiera con la foto de la lista nominal de electores.

3) Sí lleva credencial de elector vigente, o no vigente; sí aparece en la lista nominal, pero no coinciden ambas fotos o datos de credenciales, NO VOTA. Se reporta ello en hoja de incidentes. Se procura recoger la credencial de elector presentada.

4) Si el único dato que no coincide entre la credencial de elector vigente presentada y la asentada en la lista nominal es el de la SECCIÓN ELECTORAL, SÍ VOTA, pero la Presidenta o Presidente de Casilla debe cerciorarse por otros medios, por ejemplo, otras identificaciones oficiales con fotografía y dirección o documentos válidos de comprobación domiciliaria, que la persona reside en esa sección electoral. Se reporta ello en hoja de incidentes.

5) No lleva credencial de elector vigente, sí aparece/no aparece en lista nominal, pero es una persona famosa o muy conocida o una persona que varios funcionarios de casilla/representantes de partido/vecinos saben que reside en esa sección y le corresponde ahí votar y hasta argumentan ello en su favor, NO VOTA. Debe presentar credencial de elector vigente y aparecer en la lista nominal.

6) No lleva credencial de elector (vigente o no vigente), no aparece en la lista nominal, pero lleva una copia de la resolución o sentencia favorable del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. SÍ VOTA, siempre y cuando entregue a la Presidenta o Presidente de casilla dicha copia y, además, presente una identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, licencia de conducir o cédula profesional). Adicionalmente a todo lo anterior, tendrá que aparecer en la conocida como "LISTA ADICIONAL", la cual contiene a las personas que promovieron su respectivo juicio y obtuvieron, precisamente, la sentencia o resolución favorable en cuestión.

7) Si lleva y entrega copia de resolución, presenta identificación oficial vigente con fotografía y aparece tanto en Lista Nominal como en Lista Adicional, SÍ VOTA, pero se registra que "VOTÓ" exclusivamente en la LISTA ADICIONAL.

8) Si no aparece en la Lista Adicional, o no hay Lista Adicional, y tampoco aparece en la Lista Nominal, pero lleva y entrega la copia de la sentencia o resolución y presenta identificación oficial vigente con fotografía, SÍ VOTA, anotándose su nombre completo, junto con la marca "VOTÓ", al final de la Lista Nominal de Electores. Se reporta ello en hoja de incidentes.

9) Si no aparece en la Lista Adicional, pero sí en la Lista Nominal, lleva y entrega la copia de la sentencia o resolución y presenta identificación oficial vigente con fotografía, SÍ VOTA, marcándose que "VOTÓ" en su respectivo cuadro de la Lista Nominal. Se reporta ello en hoja de incidentes.

10) OBSERVADOR ELECTORAL que no este inscrito en la sección electoral que está vigilando, aunque lleve credencial de elector vigente, gafete que lo acredite y nombramiento expedido por autoridad electoral, NO VOTA.

11) REPRESENTANTE DE CASILLA (RC) DE PARTIDO POLÍTICO, debidamente acreditado, que esté inscrito en una de las casillas de la sección electoral a la que fue asignado, SÍ VOTA, siempre y cuando presente su credencial de elector vigente y aparezca en la lista nominal correspondiente. Puede votar de una de las siguientes dos formas: a) Como ciudadano de la sección, mediante el procedimiento común, de regla general, anotándose que "VOTÓ" sólo en la Lista Nominal o b) Como representante de casilla, presentando credencial de elector vigente y anotándose que "VOTÓ" únicamente en la LISTA DE REPRESENTANTES DE PARTIDOS POLÍTICOS.

12) REPRESENTANTE GENERAL (RG) DE PARTIDO POLÍTICO, el cual es un supervisor y/o coordinador de un grupo de determinado número de representantes de casilla, SÍ VOTA, pero en la casilla y sección electorales que le correspondan, claro, siempre y cuando aparezca en la lista nominal y exhiba credencial de elector vigente.

13) FUNCIONARIOS DE CASILLA (PRESIDENTE(A), SECRETARIA (O) Y ESCRUTADORES (AS))obviamente aparecerán en la lista nominal de la casilla que les corresponda, pudiendo ser en la que fueron nombrados o en una de las que se coloquen al lado de la misma, y tendrán credencial de elector vigente, pero, si poco antes de la jornada electoral, se las roban o la extravían, SÍ PUEDEN EJERCER SU CARGO pero NO VOTAR.

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